La claúsula rebus sic stantibus. Modificación o resolución de contratos ante la crisis del coronavirus
Jesús López-Medel Bascones. Abogado del Estado
La situación de España y casi todo el mundo por la grave pandemia del COVID- 19, está produciendo unos efectos económicos negativos muy cuantiosos y abre la puerta a que se pueda dejar paso una interpretación más extensiva y lógica en la que las circunstancias sobrevenidas e imprevisibles y con daños extraordinarios puedan suponer la aplicación de la cláusula rebus sic stantibus. El autor analiza en profundidad esta realidad y sus consecuencias.
La situación de España y casi todo el mundo por la grave pandemia del COVID- 19, está produciendo unos efectos económicos negativos muy cuantiosos y abre la puerta a que se pueda dejar paso una interpretación más extensiva y lógica en la que las circunstancias sobrevenidas e imprevisibles y con daños extraordinarios puedan suponer la aplicación de la cláusula rebus sic stantibus. El autor analiza en profundidad esta realidad y sus consecuencias.