El todavía extraño concepto del Supremo del deber de “vigilancia activa” de los bancos en proyectos sobre plano
María L. de Castro García, abogada directora Costaluzlawyers
¿Es la apertura de una cuenta a un promotor inmobiliario sobre plano el momento donde se inicia ese deber de vigilancia activa? ¿Existen requisitos a los pagos hechos por el comprador, su agencia o abogado? ¿Quién debe probar la diligencia o negligencia? Estas y otras cuestiones aborda la autora a la luz de la última jurisprudencia del Tribunal Supremo
¿Es la apertura de una cuenta a un promotor inmobiliario sobre plano el momento donde se inicia ese deber de vigilancia activa? ¿Existen requisitos a los pagos hechos por el comprador, su agencia o abogado? ¿Quién debe probar la diligencia o negligencia? Estas y otras cuestiones aborda la autora a la luz de la última jurisprudencia del Tribunal Supremo